El patrimonio del Consejo se destinará exclusivamente para llevar a cabo sus objetivos y estará constituido por:
4.1. Las cuotas obtenidas de los médicos que deseen contar con la certificación del Consejo ó re-certificación.
4.2. Los donativos y subsidios que el Consejo reciba de personas, asociaciones e instituciones oficiales y privadas.
4.3. Los bienes que con estos fondos pueda adquirir.
CLAUSULA 5. La vigencia del Consejo será por tiempo indefinido. Se disolverá cuando por acuerdo del 75% de los consejeros no pueda continuar realizando sus objetivos. Si el Consejo se disuelve, su patrimonio será donado al Colegio de Medicina Interna de México, A.C., o si éste ya no existiese, a otras sociedades afines, de acuerdo con lo que dictamine la Asamblea del Consejo, que para este propósito nombrará a uno o a varios liquidadores.